Resolución Expediente Acta Nº
Nº 515/023 0106-69-001-2022 60/2023
 
Referencia
CONTRATACIÓN DEL SR. LEONARDO VIGLIANTE COMO ASESOR DEL VICEPRESIDENTE SR. JOSÉ HUALDE
 
Resolución

VISTO: en el Expediente N° 0106-69-001-2021, la contratación del Sr. Leonardo Miguel Vigliante como asesor personal del vicepresidente de URSEA, SR. José Hualde;

RESULTANDO: I) que los Directores de los servicios descentralizado pueden contratar personal de confianza en tareas de asesoría, secretaría, etcétera, por un monto total mensual por Director, que no supere el 60% al equivalente a una vez y media la remuneración de un Ministro de Estado, no pudiendo adicionar ninguna otra retribución en efectivo o en especie, a dichos contratos, tales como horas extras, compensaciones, productividad, participación en utilidades o fondos de participación;

II) que el Presupuesto de Ursea año 2023, aprobado por Decreto Nº 454/022, de 30 de diciembre de 2022, tiene previsto este tipo de contrataciones;

III) que mediante Resolución de Ursea N° 046/022 de 8 de marzo de 2022, se dispuso contratar al Sr. Leonardo Miguel Vigliante como asesor personal de confianza del vicepresidente de URSEA, Sr. José Hualde,  en tareas de asesoría y otras tareas vinculadas a su naturaleza;

IV) que el contrato respectivo rige desde la fecha 19 de abril de 2022;

V) que el vicepresidente de URSEA, Sr. José Hualde, teniendo presente que el Sr. Vigliante se ha desempeñado en las tareas asignadas con un alto rendimiento, demostrando ser proactivo y haberse integrado plenamente en sus actividades con compromiso y buen relacionamiento con los demás integrantes de Ursea, propuso ajustar desde el 1º de setiembre de 2023, el monto de la retribución, pasando de $ 69.682 nominales mensuales que percibe en la actualidad, a $ 177.635 nominales mensuales a valores de enero de 2023;

VI) que Contabilidad de Ursea informó disponibilidad para afrontar esta erogación incrementada en la forma antes expresada;

CONSIDERANDO: I) que el Directorio de Ursea tiene la calidad de ordenador primario de gastos y pagos;

II) corresponde proceder a la modificación en la contratación solicitada;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por las normas citadas, el artículo 23 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, la Ley Nº 20.075, de 20 de octubre de 2002,  y demás normas modificativas y complementarias;

EL DIRECTORIO DE URSEA

RESUELVE:

1) Modificar el monto establecido en la cláusula quinto del contrato suscripto el día 26 de abril de 20222 entre Ursea y el Sr. Leonardo Miguel Vigliante, el cual regirá a partir del día 1º de setiembre de 2023, y quedará redactado de la siguiente manera: “El contratado recibirá en forma mensual nominal una partida de pesos uruguayos ciento setenta y siete mil seiscientos treinta y cinco ($ 177.635), valor a enero de 2023, por todo concepto. El monto de la partida se ajustará en la misma oportunidad y porcentaje que decrete el Poder Ejecutivo para los funcionarios de Ursea. A dicha partida se le harán las retenciones y/o descuentos legales correspondientes. Tendrá derecho a percibir sueldo anual complementario (aguinaldo) e integrar el Sistema Nacional de Salud con aportes al FONASA. No generarán derecho a percibir partida por licencia no gozada, horas extras ni compensaciones conforme a lo establecido por la normativa vigente”.

2) La erogación antes expresada será con  cargo al objeto 042088, “compensaciones adscriptos a Directorio”.

3) Establecer que en todo lo no modificado, seguirá rigiendo lo establecido en dicho contrato.

4) Comuníquese a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

5) Designar a la Presidente, Ing. Silvana Romero, para que suscriba en representación de Ursea,  la modificación del contrato cuya copia se adjunta a la presente resolución y forma parte de la misma.

6) Notifíquese, comuníquese, archívese.

 
 
Archivos Adjuntos
CONTRATO actualizado Vigliante.pdf
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 60/2023 de fecha 09/26/2023